CONCEPTOS DE SG-SST
Accidente de trabajo. Suceso repentino que sobreviene
por causa o con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión
orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también
accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del
empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera
del lugar y horas de trabajo (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
Actividad rutinaria. Actividad que forma parte de un
proceso de la organización, se ha planificado y es estandarizable.
Actividad no rutinaria. Actividad que no se ha
planificado ni estandarizado, dentro de un proceso de la organización o
actividad que la organización determine como no rutinaria por su baja
frecuencia de ejecución.
Análisis del riesgo. Proceso para comprender la
naturaleza del riesgo y para determinar el nivel del riesgo (ISO 31000).
Consecuencia. Resultado, en términos de
lesión o enfermedad, de la materialización de un riesgo, expresado cualitativa
o cuantitativamente.
Competencia. Atributos personales y aptitud
demostrada para aplicar conocimientos y habilidades.
Diagnóstico de condiciones de
trabajo. Resultado
del procedimiento sistemático para identificar, localizar y valorar “aquellos
elementos, peligros o factores que tienen influencia significativa en la
generación de riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Quedan específicamente
incluidos en esta definición:
a) Las
características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y
demás útiles existentes en el lugar de trabajo;
b) la
naturaleza de los peligros físicos, químicos y biológicos presentes en el
ambiente de trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentraciones o
niveles de presencia;
c) los
procedimientos para la utilización de los peligros citados en el apartado
anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores; y
d) La
organización y ordenamiento de las labores incluidos los factores ergonómicos y
psicosociales” (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
Diagnóstico
de condiciones de salud. Resultado del procedimiento sistemático para determinar
“el conjunto de variables objetivas de orden fisiológico, psicológico y
sociocultural que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la
población trabajadora” (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
Elemento de Protección Personal
(EPP). Dispositivo
que sirve como barrera entre un peligro y alguna parte del cuerpo de una
persona.
Enfermedad. Condición física o mental
adversa identificable, que surge, empeora o ambas, a causa de una actividad
laboral, una situación relacionada con el trabajo o ambas (NTC-OHSAS 18001).
Enfermedad profesional. Todo estado patológico que
sobreviene como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el
trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea
determinado por agentes físicos, químicos o biológicos (Ministerio de la
Protección Social, Decreto 2566 de 2009).
Equipo de protección personal. Dispositivo que sirve como medio
de protección ante un peligro y que para su funcionamiento requiere de la
interacción con otros elementos. Ejemplo, sistema de detección contra caídas.
Evaluación higiénica. Medición de los peligros ambientales
presentes en el lugar de trabajo para determinar la exposición ocupacional y
riesgo para la salud, en comparación con los valores fijados por la autoridad
competente.
Evaluación del riesgo. Proceso para determinar el
nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad y el nivel de consecuencia
Exposición. Situación en la cual las
personas se encuentran en contacto con los peligros.
Identificación del peligro. Proceso para reconocer si
existe un peligro y definir sus
características.
Incidente. Evento(s) relacionado(s) con el
trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber ocurrido lesión o enfermedad
(independiente de su severidad) o víctima mortal
(NTC-OHSAS
18001).
NOTA 1 Un
accidente es un incidente que da lugar a una lesión, enfermedad o víctima
mortal.
NOTA 2 Un
incidente en el que no hay como resultado una lesión, enfermedad ni víctima
mortal también se puede denominar como “casi-accidente” (situación en la que
casi ocurre un accidente).
NOTA 3 Una
situación de emergencia es un tipo particular de accidente.
NOTA 4 Para
efectos legales de investigación, tener en cuenta la definición de incidente de
la resolución 1401 de
2007 del
Ministerio de la Protección Social o aquella que la modifique, complemente o
sustituya.
Lugar de trabajo. Espacio físico en el que se
realizan actividades relacionadas con el trabajo, bajo el control de la
organización (NTC-OHSAS 18001).
Medida(s) de control. Medida(s) implementada(s) con
el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes.
Monitoreo biológico. Evaluación periódica de muestras
biológicas (ejemplo sangre, orina, heces, cabellos, leche materna, entre otros)
tomadas a los trabajadores, con el fin de hacer seguimiento a la exposición a
sustancias químicas, a sus metabolitos o a los efectos que éstas producen en
los trabajadores.
Nivel de consecuencia (NC). Medida de la severidad de las consecuencias 2.22 Nivel de
deficiencia (ND). Magnitud de la relación esperable entre (1) el conjunto de peligros
detectados y su relación causal directa con posibles incidentes y (2), con la
eficacia de las medidas preventivas existentes en un lugar de trabajo.
Nivel de exposición (NE). Situación de exposición a un
peligro que se presenta en un tiempo determinado durante la jornada laboral.
Nivel de probabilidad (NP). Producto del nivel de deficiencia
por el nivel de exposición
Nivel de riesgo. Magnitud de un riesgo resultante
del producto del nivel de probabilidad por el nivel de consecuencia
Partes Interesadas. Persona o grupo dentro o fuera
del lugar de trabajo involucrado o afectado por el desempeño de seguridad y
salud ocupacional de una organización (NTC-OHSAS 18001).
Peligro. Fuente, situación o acto con
potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una
combinación de estos (NTC-OHSAS 18001).
Personal expuesto. Número de personas que están en
contacto con peligros.
Probabilidad. Grado de posibilidad de que
ocurra un evento no deseado y pueda producir consecuencias.
Proceso. Conjunto de actividades
mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman elementos de
entrada en resultados (NTC-ISO 9000).
Riesgo. Combinación de la probabilidad
de que ocurra(n) un(os) evento(s) o exposición(es) peligroso(s), y la severidad
de lesión o enfermedad, que puede ser causado por el (los) evento(s) o la(s)
exposición(es) (NTC-OHSAS 18001).
Riesgo aceptable. Riesgo que ha sido reducido a
un nivel que la organización puede tolerar, respecto a sus obligaciones legales
y su propia política en seguridad y salud ocupacional (NTC-OHSAS 18001).
Valoración de los riesgos. Proceso de evaluar el(los) riesgo(s)
que surge(n) de un(os) peligro(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los
controles existentes y de decidir si el(los) riesgo(s) es (son) aceptable(s) o
no (NTC-OHSAS 18001).
VLP. “Valores límite permisible” son
valores definidos por la American Conference of
Governmental
Industrial Hygienists (ACGIH). El VLP se define como la concentración de un contaminante
químico en el aire, por debajo del cual se espera que la mayoría de los trabajadores
puedan estar expuestos repetidamente, día tras día, sin sufrir efectos adversos
a la salud. En Colombia, los niveles máximos permisibles se fijan de acuerdo
con la tabla de
Threshold Limit Values
(TLV), establecida por la American Conference of Governmental
Industrial
Hygienists (ACGIH), a menos que sean fijados por alguna autoridad nacional competente
(Resolución 2400 de 1979 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, art.
154).
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